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lunes, 19 de enero de 2026

La Soberan铆a como Responsabilidad

 La Soberan铆a como Responsabilidad: 
Una Cr铆tica a la Instrumentalizaci贸n del Derecho Internacional
                                         

Fuente: https://elderechoymisapuntes.blogspot.com/2018/02/la-soberania.html

Resumen

Esta nota de entrada sintetiza el an谩lisis de Felipe Hasson, especialista en Derecho Internacional, sobre el uso de principios jur铆dicos para justificar reg铆menes autoritarios, enfoc谩ndose particularmente en la crisis humanitaria de Venezuela y los l铆mites 茅ticos de la no intervenci贸n.

El an谩lisis central sostiene que invocar el derecho internacional para proteger dictaduras constituye una "perversi贸n intelectual". Se argumenta que conceptos como la soberan铆a y la no intervenci贸n han sido secuestrados por una lectura hip贸crita que prioriza la protecci贸n de los gobiernos sobre la seguridad de las personas. La tesis fundamental propone que la soberan铆a estatal no es un escudo moral absoluto, sino un instrumento funcional condicionado al cumplimiento de los deberes b谩sicos del Estado hacia su poblaci贸n. Cuando un r茅gimen destruye sistem谩ticamente la dignidad humana y el orden institucional, pierde la legitimidad que fundamenta su soberan铆a.

Distorsi贸n de los Principios

El discurso contempor谩neo sobre la soberan铆a a menudo ignora que esta no es un fin en s铆 misma. El texto destaca una dicotom铆a cr铆tica en la interpretaci贸n del orden jur铆dico internacional:

• Soberan铆a Funcional vs. Escudo Absoluto: La soberan铆a debe entenderse como un compromiso con los ciudadanos, no como una justificaci贸n para el hambre, la tortura o la persecuci贸n.

• Centralidad de los Derechos Humanos: El derecho a la vida, la dignidad humana y la autodeterminaci贸n no son valores opcionales ni ret贸rica pol铆tica, sino normas centrales del derecho internacional contempor谩neo.

 La Falacia de la No Intervenci贸n: Utilizar la frase "somos respetuosos de los procesos internos de cada pa铆s" puede funcionar como una excusa para la indiferencia ante abusos graves, similar a la imagen de un avestruz que oculta la cabeza mientras se cometen actos de violencia.
La Legitimidad Estatal y el Incumplimiento de Deberes

Un gobierno pierde su sentido de soberan铆a cuando transforma a su pueblo en reh茅n. Seg煤n el autor, la p茅rdida de legitimidad ocurre mediante acciones deliberadas:

1. Empobrecimiento sist茅mico: Destrucci贸n de la econom铆a y fomento de la escasez.

2. Represi贸n Institucional: Persecuci贸n de opositores y supresi贸n de la prensa independiente.

3. Fraude Electoral: Eliminaci贸n de la alternancia de poder y de la voluntad popular.

4. Colapso Judicial: Ausencia de un Poder Judicial aut贸nomo que regule el ejercicio del poder.
El Caso de la Intervenci贸n en Venezuela
Venezuela se presenta no como una divergencia ideol贸gica, sino como un caso cr铆tico de colapso de los canales internos de liberaci贸n. Los puntos clave de esta situaci贸n incluyen:
• Exilio Masivo: Millones de personas forzadas a abandonar el pa铆s.
• Clima de Miedo: Represi贸n sistem谩tica contra quienes permanecen en el territorio.
• Inexistencia de Alternativas: La falta de instituciones independientes impide que el pueblo resuelva la situaci贸n por cuenta propia.
La Ayuda Externa
El autor concluye que defender la idea de que un pueblo en estas condiciones debe "resolver solo" su situaci贸n es, en la pr谩ctica, defender la perpetuaci贸n del sufrimiento humano.
En 煤ltima instancia, el Derecho Internacional no debe cerrar los ojos ante realidades concretas en nombre de abstracciones jur铆dicas. La ayuda externa, incluso la militar cuando es necesaria para proteger vidas, se posiciona como una medida compatible con la moralidad del orden jur铆dico global actual.
Fuente: https://www.prensa.com/opinion/la-soberania-no-es-un-salvoconducto-para-la-opresion/#google_vignette


viernes, 4 de octubre de 2024

Los Neuroderechos Vs. La Neurotecnolog铆a

Rafael Yuste, destacado neurocient铆fico espa帽ol, autor de la obra ‘El cerebro, el teatro del mundo’, es profesor de ciencias biol贸gicas en la Universidad de Columbia (Nueva York) y presidente de The Neurorights Foundation, una asociaci贸n que busca crear un marco internacional para proteger el cerebro y su actividad, de manera que su informaci贸n sea considerada como datos privados e intocables.

El Prof. Yuste propone un verdadero cambio de paradigma. Su teor铆a concibe el cerebro como una m谩quina de predicci贸n del futuro que utiliza las redes neuronales para generar un modelo del mundo como si fuese un prototipo de realidad virtual.

El argumento es que el cerebro genera un modelo de realidad virtual, que 茅l llama ‘El teatro del mundo’. Es una teor铆a que se empieza a comprobar desde el trabajo de fil贸sofos como Plat贸n y Kant hasta de los literarios como puede ser Calder贸n de la Barca, quien ten铆a un libro que era ‘El gran teatro del mundo’.

Lo que quiere decir, es que el mundo en el que vivimos no es un mundo real, sino que es un mundo generado por el cerebro. Este cambio de paradigma puede abrir las puertas a entrar en el modelo del mundo de las personas y manipularlo, tal como ya ocurre con los animales. Por estos riesgos, el Prof. Yuste est谩 involucrado en el tema de los Neuroderechos.

Por esta raz贸n sostiene, que es imprescindible proteger la actividad cerebral como algo sacrosanto, como un santuario. No puedes tocar el cerebro de las personas a no ser que tengas una muy buena raz贸n. El cerebro es el santuario de la mente, lo que nos define como personas. Todas las actividades mentales de las personas, sus pensamientos, memorias, emociones, decisiones, comportamiento, conciencia, personalidad, subconsciente... todo est谩 almacenado en el cerebro. 
 
Ahora bien, las neurotecnolog铆as son dispositivos electr贸nicos como chips, 贸pticos, l谩seres, magn茅ticos o ac煤sticos que pueden medir la actividad cerebral o cambiarla. En el futuro la neurotecnolog铆a tendr谩 una importancia vital en la medicina, en las enfermedades cerebrales que no tienen cura, como tambi茅n se puede utilizar para aumentar las capacidades mentales y cognitivas de las personas.

Pero en el 煤ltimo a帽o, ha habido ya varios grandes avances con el uso de la inteligencia artificial con dispositivos neurotecnol贸gicos, lo que ha permitido conectar el cerebro a la red, y se ha podido decodificar, el lenguaje interno. Es decir, que se puede decodificar lo que est谩s pensando decir, y esto puede traer grandes riesgos sobre la privacidad mental.

La semana pasada (Sept.2024) el Estado californiano aprob贸 en su Parlamento, de una manera un谩nime, una ley de neuroderechos. Y ahora el Prof. Yuste est谩 trabajando con distintos pa铆ses y estados y organizaciones internacionales para promover esta agenda de protecci贸n de la actividad cerebral.

Asimismo lo han hecho con otros pa铆ses como Chile, Brasil o el Estado de Colorado y California, y ahora busca que en Espa帽a tambi茅n se legisle en la protecci贸n de la actividad cerebral. El objetivo es que los datos neuronales de la gente est茅n protegidos como datos personales y altamente sensibles
.
Mediante una legislaci贸n que describa qu茅 son los datos neuronales y aplique el m谩ximo grado de protecci贸n se puede prevenir las consecuencias de una revoluci贸n de la neurotecnolog铆a. En efecto, las grandes compa帽铆as tecnolog铆as tienen un modelo de negocio que tiene que ver con los algoritmos de redes neuronales, que son los que dan pie a la inteligencia artificial generativa. 

El avance de ciencia a tecnolog铆a se est谩 acelerando, es lo que est谩 ocurriendo en la neurociencia, y se est谩n aprovechando de este conocimiento. Por tal motivo, urge tomar medidas y proteger la privacidad de la informaci贸n mental antes que se supere la barrera de la raz贸n y el sentido com煤n.

mi茅rcoles, 6 de octubre de 2021

Capacitaci贸n pr谩ctica para trabajos del mundo real.

 

A consecuencia del coronavirus las nuevas tecnolog铆as y la educaci贸n han facilitado la transformaci贸n digital que hoy demanda la sociedad. El nuevo profesional debe tener habilidades y conocimientos sobre Inteligencia Artificial. 

La ciencia de datos y ciberseguridad son nuevos competencias educativas que los centros de formaci贸n superior deben ofrecer como parte de la Inteligencia Artificial.

Incluso desde el punto de vista educativo, las nuevas tecnolog铆as han permitido gestionar el acceso democr谩tico a la educaci贸n mediante los cursos o capacitaciones en masa o colectivos durante el confinamiento, hasta facilitar una formaci贸n remota o m谩s personalizada, una educaci贸n inclusiva y de calidad. Por ejemplo la modalidad de “Tutor铆a” que puede ser 煤til y c贸modo para el estudiante reforzar despu茅s de la clase virtual o para proyectos de investigaci贸n o tesis.

En la estrategia empresarial, la innovaci贸n debe ocupar el primer lugar. La digitalizaci贸n y el trabajo cualificado contribuyen al PIB, pero el mayor desaf铆o es la brecha de eficacia de la misi贸n/visi贸n de la empresa y las nuevas habilidades que se requieren para el mundo real.

Seg煤n MIT Techonology Review las nuevas habilidades que requieren los Gerentes, Presidente y Directores Generales, son variadas, los l铆deres empresariales para ser competitivos y seguir innovando deben tener habilidades digitales vanguardistas.  

Los fundamentos de las tecnolog铆as emergentes como la inteligencia artificial, el aprendizaje autom谩tico, la ciencia de datos y la computaci贸n en la nube, son las nuevas habilidades t茅cnicas que debe comprender el perfil de los gerentes, directores o presidentes de esta nueva era post-covid19.

mi茅rcoles, 29 de septiembre de 2021

¿Qu茅 es el velo corporativo?

Dentro del concepto de personalidad jur铆dica en las sociedades mercantiles es necesario no confundir el patrimonio de la persona jur铆dica con la de los socios. Se ha se帽alado, no obstante lo expuesto anteriormente, que es necesario ejercer determinados controles a fin de evitar que se produzcan, a trav茅s de las sociedades actos il铆citos, esto es, actos contrarios al inter茅s p煤blico.

F.V.C. (Compendio de Derecho Mercantil, T. 1, Vol. 1, p谩g. 324 y s. s., 1991) habla sobre el esfuerzo de la jurisprudencia, de la doctrina y de la legislaci贸n para combatir estos abusos mediante el levantamiento del velo de la personalidad jur铆dica o atravesando, ignorando o desestimando 茅sta ("Durchgriff"; "disgregard of legal entity"), con el fin de determinar qui茅nes est谩n detr谩s de ella y aplicarles la ley como si aqu茅lla no existiera.

Es particularmente interesante el fen贸meno que representa la dificultad de la reglamentaci贸n mediante derecho positivo de este problema, no s贸lo en nuestro pa铆s. La jurisprudencia ha emprendido una labor ardua al confrontar en situaciones concretas, valores que se amparan con el velo corporativo, frente a otros valores que ocasionalmente pudieran ser lesionados por dicho velo corporativo.

M.G.R., en su obra Sociedades Mercantiles, publicada en 1993 en M茅xico por Harla, se帽ala que en ese pa铆s M茅xico esta teor铆a recibe el nombre de La Desestimaci贸n de la Personalidad Jur铆dica de la Sociedad, cuyo fin es el de responsabilizar a los socios limitados por los actos il铆citos cometidos por la persona moral de la cual forman parte o bien "... en negar que el ente legal sea el verdadero propietario de los bienes que han sido aportados en fraude a la ley o a terceros". Advierte que el fundamento jur铆dico de la desestimaci贸n var铆a de pa铆s en pa铆s. Para algunos se invoca la buena fe o la equidad y, para otros, las normas generales del derecho que sancionen el fraude a la ley o el abuso o los actos simulados.

En Francia esta desestimaci贸n se llama "La Teor铆a de la Penetraci贸n" que encuentra apoyo cuando la personalidad se utiliza para fines distintos de los previstos en la ley.

En Espa帽a, mediante la Teor铆a de los Terceros, se desestima la personalidad jur铆dica de la sociedad cuando se utiliza con fines il铆citos. Este mismo principio se presenta en Italia.

La doctrina en Alemania permite la desestimaci贸n de la personalidad cuando la persona jur铆dica se constituye para defraudar la ley, para burlar una obligaci贸n contractual o se utiliza para realizar actos il铆citos.

En cuanto a Los Estados Unidos, seg煤n expone M.G.R., la desestimaci贸n, esto es, lo que se conoce como rasgar el velo corporativo, se ha dado en la jurisprudencia especialmente en los supuestos siguientes:

1. Cuando se trate de impedir o remediar un fraude potencial o efectivo a la ley, como podr铆a ocurrir en el caso del enemigo extranjero que adquiriera la propiedad de bienes reservados a los nacionales a trav茅s de una corporaci贸n estadounidense constituida al efecto. En este supuesto, la desestimaci贸n se hace consistir en considerar a los socios como los verdaderos propietarios de los bienes que formalmente pertenecen a la sociedad.

2. Cuando se trate de impedir o remediar un fraude al inter茅s p煤blico, como podr铆a suceder en el supuesto de que varias empresas competidoras constituyeran una corporaci贸n con el fin de eludir leyes antimonop贸licas.

3. Cuando se trate de impedir o remediar un fraude potencial o actual a terceros, como podr铆a ser el caso de una corporaci贸n que anunciara un capital social superior al efectivamente pagado.

4. Cuando se trate de reparar un il铆cito derivado del incumplimiento de una obligaci贸n contractual o de un deber legal. Como suceder铆a si una persona estipulara contractualmente una obligaci贸n de no hacer y la incumple por medio de una sociedad constituida para tal prop贸sito.

5. Cuando se trate de reparar un da帽o causado por una sociedad controlada que sea un mero instrumento de una sociedad controladora; como ser铆a el caso de una corporaci贸n que materialmente fuera un simple departamento o divisi贸n de otra.

Perfectamente es v谩lida la desestimaci贸n de la personalidad jur铆dica cuando se refiere a un proceso penal. As铆 lo estableci贸 el Pleno de la Corte, el 29 de enero de 1991 y el 16 de agosto de 1991.  

En otras palabras, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia delimit贸 la facultad del administrador de justicia al afirmar que en circunstancias normales debe respetarse la personalidad jur铆dica, lo que debe entenderse en el sentido que debe respetarse la separaci贸n entre el patrimonio de la persona jur铆dica y el de sus accionistas.

Fuente: Sentencia de la Corte Suprema de Panam谩, Sala Primera Civil, 30 de Enero de 1995

martes, 7 de septiembre de 2021

¿QU脡 ES TRANSPORTE MULTIMODAL?

«Dicho lo anterior, es importante resaltar la naturaleza propiamente y el concepto doctrinal que del Transporte Multimodal se tiene, el cual, por ejemplo, es definido por el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercanc铆as de 1980 en su art铆culo 1, como:

"el transporte de mercanc铆as por dos modos diferentes de transporte por lo menos, en virtud de un contrato de transporte multimodal, desde un lugar situado en un pa铆s en que el operador multimodal toma las mercanc铆as bajo su custodia, hasta otro lugar para su entrega situado en un pa铆s diferente."

Resulta importante resaltar que lo novedoso de este tipo de transporte no es el hecho de utilizarse dos o m谩s medios de traslaci贸n, porque esto ser铆a un simple transporte combinado, sino que lo importante en el concepto de transporte multimodal es que el mismo se realiza como una sola operaci贸n, amparada bajo un 煤nico conocimiento de embarque y bajo una misma responsabilidad durante la traves铆a completa.

Siguiendo los anteriores lineamientos, primeramente observamos que a fojas 8-9, consta el conocimiento de embarque emitido por la empresa SEACON, fechado 20 de junio de 1997. En 茅ste se especifica como embarcador a ALBATRANS, SRL; como consignatario de la carga, consistente de 71 bultos con un peso de 1,296 kilos, a THE MASTER GROUP INTERNATIONAL INC.,(la recurrente) y como parte a notificar, CAESA. De igual forma se establece que el Puerto de carga es Amberes, B茅lgica, el Puerto de descarga es Charleston, Estados Unidos de Am茅rica y el lugar de la entrega es C.. Lo anteriormente especificado nos indica que estamos tratando con un "through bill of lading" emitido por raz贸n de una traves铆a multimodal.»

mi茅rcoles, 4 de agosto de 2021

EXPORTACI脫N DE ARTE PRECOLOMBINA DE PANAM脕


Golden Warrior

"El caso que nos ocupa, se origina con la nota de 16 de octubre de 1998 de la oficina de investigaciones del Inspector General de la Comisi贸n del Canal de Panam谩 (F.154), en la cual se notifica al Director General del INAC de la existencia de aproximadamente 75 posibles piezas de arte Precolombino (huacas), halladas en un embarque con las pertenencias de la se帽ora E.L.G., enviado a Portland, Oreg贸n, Estados Unidos. Seguidamente se realiz贸 diligencia de allanamiento en la residencia de la se帽ora GALE, por el presunto tr谩fico de Bienes Culturales, encontr谩ndose 148 piezas arqueol贸gicas.


Con base a estas circunstancias, la Direcci贸n Nacional del Patrimonio Hist贸rico del INAC emiti贸 la resoluci贸n acusada de ilegal, mediante la cual se sanciona a la se帽ora GALE con el pago de la multa de DIEZ MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.10,000.00), por la exportaci贸n de material arqueol贸gico perteneciente a la Rep煤blica de Panam谩, fundament谩ndose precisamente en los art铆culos 27, 28 y 30 de la Ley 14 de 1982; adem谩s de decomisar el material arqueol贸gico obtenido en el allanamiento realizado a la residencia de la demandante.

En este orden de ideas la Sala destaca lo siguiente:

1. El hallazgo de las piezas que originaron la presente encuesta se realiz贸 fuera del territorio de la Rep煤blica de Panam谩.

2. De dichas piezas, el se帽or R.W.D., experto id贸neo en Arte Precolombino, certific贸 la originalidad de cinco (5) vasijas redondas de arte pre-colombino originarias de la Rep煤blica de Panam谩 (ver foja 125 a 135 del expediente administrativo).

3. En cuanto a las piezas que fueron halladas en la residencia de la se帽ora G, se aprecia de la foja 182 a 316 del expediente administrativo, el Informe de Peritaje  de dicho material el cual se帽ala que el volumen de la colecci贸n arqueol贸gica  paname帽a asciende a ciento treinta y tres (133) objetos en total, cinco (5)  objetos procedentes del 谩rea arqueol贸gica de Centroam茅rica y cinco (5) objetos  en dep贸sito de la Aduana en Klamath Falls Oreg贸n, Estados Unidos de Am茅rica.

4. Si bien es cierto, la recurrente manifest贸 no tener conocimiento del valor de  las piezas que manten铆a en su poder y que las misma fueron adquiridas antes de  la vigencia de la Ley 14 de 1982, no consta en el expediente que la se帽ora G  haya declarado la existencia de dichas piezas a lo cual estaba obligada de acuerdo al art铆culo 26 de 茅sta ley.

De lo anterior se desprende, que la se帽ora G manten铆a en su poder material arqueol贸gico perteneciente a la Rep煤blica de Panam谩, y que algunas de 茅stas piezas se encuentran fuera del territorio nacional, raz贸n por la cual se sancion贸 a la se帽ora G en virtud de la infracci贸n de la Ley 14 de 1982.”

Comentarios: En el presente caso, se comprob贸 que las piezas de arte precolombino de Panam谩, encontradas en un Dep贸sito de Aduana, fuera del territorio, no fueron declaradas como una exportaci贸n de materiales arqueol贸gicos de Centroam茅rica. Por lo tanto, se infringi贸 la restricci贸n legal de que ning煤n particular, agencia o persona est谩 autorizado para realizar su venta, canje o exportaci贸n, salvo que sea una Instituci贸n Cient铆fica, con autorizaci贸n de la Direcci贸n Nacional del Patrimonio Hist贸rico y con fines cient铆ficos.

Sentencia de Corte Suprema de Panam谩, Sala 1陋 de lo Civil, 2 de Julio de 2001

Ponente: AD脕N ARNULFO ARJONA L.

Fuentes:

https://vlex.com.pa/vid/demanda-administrativa-plena-jurisdiccion-31631316

http://bdigital.binal.ac.pa/bdp/aproxi9.pdf

martes, 3 de agosto de 2021

La gran pregunta de los abogados del futuro: ¿Podr谩 el Robot sustituir al Abogado?

Reflexionemos a partir de los teoremas de la incompletitud de Kurt G枚del (Austriaco, 1931) quien fue capaz de demostrar las contradicciones l贸gicas en la Constituci贸n estadounidense durante un examen de ciudadan铆a, cambi贸 el rumbo de las matem谩ticas y, a su vez, estableci贸 los principios de la computaci贸n moderna.

“G枚del present贸 en tan solo once p谩ginas (…) sus teoremas de la incompletitud, publicados en 1931 despu茅s de finalizar su doctorado en la Universidad de Viena. A trav茅s de su tesis doctoral consigui贸 el respeto y la devoci贸n de sus maestros y colegas, as铆 como tambi茅n hizo una gran amistad con el genio Albert Einstein y con el economista Oskar Morgenstern, quien influenciado por las teor铆as l贸gicas de G枚del, desarroll贸 m谩s tarde la teor铆a de los juegos junto con John Von Neumann, que tuvieron un gran impacto en la econom铆a moderna.”

 “Estos teoremas de la incompletitud revolucionaron las matem谩ticas e inspiraron otras disciplinas como la teor铆a de juegos o la M谩quina de Turing, a partir de la cual, el creador que lleva su nombre demostr贸 que hay funciones matem谩ticas que son imposibles de calcular a pesar de implementar diversas y avanzadas consecuciones l贸gicas y algor铆tmicas. En ese sentido, la aportaci贸n m谩s deslumbrante de G枚del al mundo de la l贸gica y las matem谩ticas es que la mente humana tiene una cualidad especial que no puede ser imitada por los ordenadores: tal vez el hecho de desenvolvernos de manera l贸gica y funcional a partir de paradojas, es decir, saber resolver problemas l贸gicos a pesar de que estos est茅n plagados de contradicciones.”

Para Kurt G枚del en cualquier sistema matem谩tico formal, siempre habr谩 afirmaciones verdaderas que el propio sistema no puede demostrar, por lo que tambi茅n es incompleto, ya que nunca podr谩n demostrarse ni verdaderos ni falsos. En definitiva, hay enunciados que damos por verdaderos que nunca podremos desvirtuar, hasta que existe prueba alguna.

Por lo tanto, el robot podr谩 sustituir al abogado, pero la mente humana tiene esa condici贸n especial que describe G枚del, que le permite desenvolverse de manera l贸gica y funcional en un mundo plagado de paradojas y contradicciones.

ZAMBRANO, Enrique: “La historia de un genio. Kurt G枚del, el matem谩tico de las paradojas que 'hacke贸' la Constituci贸n americana.” ACV 24-07-21.


s谩bado, 14 de enero de 2017

DEFINICION COMPETENCIAS


En la d茅cada de 1974 se introduce el t茅rmino competencia como parte de la evaluaci贸n objetiva de los aprendizajes (British Columbia University). Dicho enfoque consiste en que el dise帽o, desarrollo y evaluaci贸n curricular se orienta a la probabilidad de movilizar un conjunto de recursos (saber, saber hacer y saber ser), para resolver una situaci贸n - problema.  El t茅rmino competencia es m谩s que conocimientos y habilidades, implica comprender el problema y accionar racional y 茅ticamente para resolverlo.

El eje principal de la educaci贸n por competencias es el desempe帽o entendido como "la expresi贸n concreta de los recursos que pone en juego el individuo cuando lleva a cabo una actividad, y que pone el 茅nfasis en el uso o manejo que el sujeto debe hacer de lo que sabe, no del conocimiento aislado, en condiciones en las que el desempe帽o sea relevante" (Malpica, 1996). Desde esta perspectiva, lo importante no es la posesi贸n de determinados conocimientos, sino el uso que se haga de ellos.

El concepto de competencia otorga un significado de unidad e implica que los elementos del conocimiento tienen sentido s贸lo en funci贸n del conjunto. Un rasgo esencial de las competencias es la relaci贸n entre teor铆a y pr谩ctica es decir, si los conocimientos te贸ricos se abordan en funci贸n de las condiciones concretas del trabajo y si se pueden identificar como situaciones originales.



LAPREA, Oliver: “Propuesta para un nuevo Plan de Estudio de Derecho”. ULATINA. Maestr铆a Docencia Superior. Panam谩, Febrero 2015




domingo, 2 de noviembre de 2014

Competencias Espec铆ficas - Aplicada a la Educaci贸n de Derecho

 


COMPETENCIAS ESPEC脥FICAS APLICADAS A LA EDUCACI脫N DE DERECHO
MEDIANTE EL ESTUDIO DE LA JURISPRUDENCIA


Resumen


El presente trabajo contiene una propuesta de reforma curricular basado en un enfoque en Competencias espec铆ficas en Derecho, atendiendo a la metodolog铆a del proyecto “Tuning” para Am茅rica Latina (2004-2007). El “Tuning” es un proyecto de Innovaci贸n Social y Educativa, en el tema Competencias.  Se entiende por Competencias,  el conjunto de comportamientos que algunas personas dominan mejor que otras, lo que las hace eficaces en una situaci贸n determinada.

s谩bado, 1 de noviembre de 2014

Leonardo Da Vinci - El Observador






Leonardo Da Vinci - El Observador
Frase: “Hay tres clases de personas: aquellas que ven, aquellas que ven lo que se les muestra y aquellas que no ven.”
Las ciencias verdaderas son aquellas que la experiencia hace penetrar por los sentidos y que imponen silencio a la lengua de los argumentadores, no nutri茅ndose de sue帽os, sino de principios ciertos y primeros, en los cuales, apoy谩ndose y produciendo despu茅s con trabaz贸n sucesiva, se llega a la conclusi贸n, como ocurre en las matem谩ticas. (Tratado de la Pintura. Espasa Calpe. Espa帽a 2005. P谩g. 5)
Leonardo Da Vinci, un observador de la naturaleza. La fuente de su mayor conocimiento proven铆a de la investigaci贸n de los fen贸menos naturales. En efecto, mediante de la observaci贸n de la fuerza del agua, la composici贸n de luz y los colores, el cuerpo humano, la gravedad  y dem谩s leyes de la naturaleza como causa y efecto. De esta manera el conocimiento llega gracias a la experiencia, a la demostraci贸n matem谩tica, a la experimentaci贸n a trav茅s de los sentidos. Para Leonardo Da Vinci, la naturaleza comienza por el razonamiento y acaba por la experiencia.
 
 
Frase: “La belleza perece en la vida, pero es inmortal en el arte.”
 “La m谩s 煤til de las ciencias ser谩 aquella cuyo fruto sea m谩s comunicable, y, al contrario, ser谩 la menos 煤til la menos comunicable. La pintura tiene un fin comunicable a todas las generaciones del Universo, pues este fin resulta de la facultad visual y el paso al sentido com煤n; el paso por medio de la vista es otro que el del o铆do.” (Tratado de la Pintura. Espasa Calpe. Espa帽a 2005. P谩gina 13)
Mediante los sentidos podemos experimentar el mensaje de la naturaleza y este conocimiento adquirido transmitirlo a otras generaciones a trav茅s de las ciencias.  La educaci贸n cumplir谩 su fin 煤til siempre que pueda comunicar a otras generaciones el conocimiento experimentado.
 
 

LA COMPLEJIDAD DE LOS NUEVOS PARADIGMAS

LA COMPLEJIDAD DE LOS NUEVOS PARADIGMAS
  • Teor铆a cu谩ntica
  • Programaci贸n neuroling眉铆stica
  • Internet - Ebooks – Ecommerce - TICS
  • Energia eficiente  y negocios verdes
  • Responsabilidad social empresa
  • La fibra 贸ptica y telefon铆a celular (androids)
  • La globalizaci贸n
  • El Club At贸mico y el Poder Nuclear
  • El c谩ncer, el sida y 茅bola
  • Biom茅dica
  • Drones y Clones
  • Los sat茅lites y el GPS
  • Vida en Marte
  • Matrimonios Gays y la inseminaci贸n artificial.
  • Los cristianos (evang茅licos), cat贸licos (protestantes) y  mormones
  • La guerra de Palestina e Israel
  • China como l铆der econ贸mico mundial
  • Network Marketing
Los paradigmas van cambiando y lo complejo es que dependen de circunstancias de lugar, tiempo y espacio que rodean al investigador que trata de interpretar lo que ocurre ante sus ojos. Para ello recurre a razones, argumentos, pruebas o experimentos que le permitan mostrar la verdad a los dem谩s.
“Sin embargo, sobre cualquiera de las ciencias modernas hay todav铆a flotando densas nubes de esa problematicidad de los positivistas del Circulo de Viena se帽alan como distintivo de la Filosof铆a; problemas acerca de la materia, la energ铆a, la electricidad, el 谩tomo, el conocimiento, la sensaci贸n, el pensamiento, el movimiento, el tiempo, la vida, la muerte, etc; largas listas de preguntas que entran de lleno en el campo que se pretende acotar para la Ciencia, esperan todav铆a una respuestas.” FERNANDEZ GOMEZ, Lorenzo: “Base filos贸ficas para el estudio del Derecho”. Volumen I. Editorial Tecnos, Caracas, 1982. P谩g. 32
Al final, el investigador siempre estar谩 trabajando en superar viejos paradigmas para postular nuevos o actuales. Todav铆a tratamos de entender la complejidad del universo, la existencia de Dios, la existencia de otras vidas en otros planetas, la reencarnaci贸n, el poder de curar, leer la mente y regenerarnos, todav铆a el fondo del mar todav铆a sigue sin ser explorado suficientemente; en definitiva, queda trabajo por hacer.
 
Tal vez al final, la verdad depende de c贸mo sea percibida, pero como educadores debemos seguir investigando y produciendo conocimiento en progreso de la educaci贸n, debemos seguir en b煤squeda de las mejores soluciones educativas que permitan a nuestros educandos: saber conocer, saber hacer y saber ser.

Foro Proyecto de Ley N° 61: Ley de Educaci贸n Sexual y Reproducci贸n




FORO PROYECTO DE LEY N° 61: LEY DE EDUCACI脫N SEXUAL Y REPRODUCCI脫N

1. Descripci贸n general del ambiente y de los participantes del Foro.

A. Exposici贸n del Dr. Crispiano Adames Navarro (Diputado proponente)


El diputado present贸 datos sobre la disfuncionalidad de la familia en Panam谩. Destac贸 el tema de los embarazos de las menores de edad, as铆 como la ingesta del alcohol precoz y los porcentajes de enfermos de VIH en Panam谩 vs Belize., 3ra causa de muerte en la juventud.

Coment贸 tambi茅n sobre la necesidad de controlar los medios y redes sociales, as铆 como fomentar la educaci贸n sexual a trav茅s de los padres, las escuelas y universidades.

Dijo tambi茅n que dicha Ley prev茅 el permiso para iniciar la actividad de sexual como parte de los atributos de la patria potestad.

Coment贸 sobre el Art铆culo 109 de la constituci贸n Nacional. Y se帽al贸 como precedente la Ley 68 del 2003 sobre los derechos de los pacientes.

B. Lic. Gladys Bandiera (Abogada de FundaFamilia)


Inici贸 su exposici贸n comentando sobre el problema de la descomposici贸n social y destac贸 que el 75% de las familias nacen disfuncionales. Igual coment贸 las estad铆sticas de  madres solteras y habl贸 de la reporoducci贸n asitida.

Desde el punto de vista legal, coment贸 la problem谩tica con el Art. 175 al 179 del C贸digo Penal referentes a los Delitos Sexuales contra Menores. Tambi茅n sobre el art铆culo 22 del proyecto referente la confidencialidad y que el art铆culo 6 menoscaba la patria potestad.

Destac贸 la importancia de diferenciar la sexualidad del acto y la reproducci贸n. Coment贸 sobre los derechos sexuales para finalizar tratando el tema del derecho a decidir sobre la descendencia, el aborto y la esterilizaci贸n.

C. Dr. Humberto L贸pez (M茅dico General  y Especialista en Educaci贸n)


El doctor expuso sobre el problema de educaci贸n sxual como una pol铆tica de salud p煤blica, bajo un esquema de 5 “D”: Death, Disease, Disability, Discomfort and Dissatisfaction.

Tambi茅n trat贸 las estad铆sticas, destacando el n煤mero de familias que no est谩n juntas, las tasa de embarazos no deseados en Estados Unidos, concluyendo que los Estados del Sur invierten m谩s en la abstinencia.

Estableci贸 un concepto de sexualidad como construcci贸n social que se inicia desde muy temprana y seg煤n su  nivel: “El ni帽o entiende desde el 5to grado”. Adem谩s habl贸 sobre la raza, la orientaci贸n sexual y los roles de los padres, ni帽os y adolescentes.

D.
Anna Melissa Espa帽o (Abogada de Vida y Familia)

Su exposici贸n inici贸 con el tema sobre el acceso a los derechos sexuales del ni帽o y adolescente, con base a las Conferencias del Cairo y Beigin referentes a los Objetivos del Milenium.

Tambi茅n comento sobre la Ley 15 de 1999 que contempla la Convenci贸n del Ni帽o y la tendencia de tutelaje, donde el ni帽o y adolescentes pasan de objetos a sujetos.

Tambi茅n hizo referencia a la Convenci贸n de los Derechos del Ni帽o de 2003 que los trata como derechos a la salud y  destac贸 el problema del derecho al acceso a la educaci贸n por parte de los menores.

Desde el punto de vista legal, tambi茅n hizo referencia al Art. 6 del Proyecto vs C贸digo Penal; el Art. 8 que afecta a los padres de familia; el art铆culo 332 del C贸digo de Familia referente a los padres y el problema de la excepci贸n del Art. 22 por el derecho a la confidencialidad. Habl贸 sobre el informe del PNUD 2014 que trata las familias biparental.

Tambi茅n llam贸 la atenci贸n sobre otros temas como la violencia filio parental, fen贸meno que m谩s se ha expuesto en Espa帽a, por todos los derechos dados a los menores.

E. Sra. Mery Alfaro de Villageliu (Publicista)

Inicio su exposici贸n comentando el Decreto N° 2 del 09 de Febrero de 1999 (CNNSSR). Y tambi茅n explic贸 la posici贸n del MEDUCA y MINSA sobre el tema.

Coment贸 tambi茅n sobre el art. 3 y 5 y defino la Sexualidad como un conjunto de condiciones anat贸micas, fisiol贸gicas, afectivas, en todas su etapas.

Trat贸 tambi茅n las estad铆sticas sobre los nacimientos de mujeres unidas, solteras y casadas. Hablo sobre la responsabilidad sexual y los efectos econ贸micos. Por 煤ltimo destac贸 el problema del Art. 176 el C贸dgio Penal y la Ley 14 del 2009.


2. S铆ntesis Cr铆tica sobre el desarrollo del Foro

De los 5 exponentes, 2 m茅dicos, 2 abogadas y una publicista, la gran mayor铆a estaba de acuerdo en la necesidad de procurar la educaci贸n sexual de los ni帽os y adolescentes. Sin embargo, cada uno tiene mantiene posiciones y argumentos que los contraponen. Parec铆an unos a favor y otros en contra, pero en general, manten铆an un mismo norte, una misma preocupaci贸n.
 
La iniciativa de manos de un m茅dico y tambi茅n diputado, es plausible. Sin embargo, el tema legislativo  es delicado, requiere un proceso de formaci贸n de ley, requiere mucha discusi贸n, y no solo el esfuerzo de un grupo o representantes sino de una comunidad, de una sociedad.
 
Pero ahora bien, el proyecto de ley est谩 pensado sobre una base donde existen conceptos de familia, matrimonio, patria potestad, padres e hijos matrimoniales, incluso cuando estiman las familias disfuncionales solo consideran a las madres solteras o los hijos nacidos fuera del matrimonio, y en la realidad hoy existen matrimonios gay con  hijos adoptados o bebes probetas; existe el alquiler de vientre, los hijos adoptivos, ni帽os quemados y  abandonados y otros temas.
 
Entonces pensamos de qu茅 manera puede ser eficaz y efectiva una ley de car谩cter general y abstracto cuando sus efectos solo llegan a un n煤mero determinado de sujetos. Por lo tanto, es importante estudiar  a  trav茅s de una comunidad de profesionales juristas, m茅dicos, sex贸logos, psic贸logos, soci贸logos, antrop贸logos, educadores, profesores, acad茅micos e investigadores.
 
Este proyecto requiere prestar mucha atenci贸n al tema de las penas o sanciones de la Ley, requiere su t茅cnica legislativa en su redacci贸n, es importante estudiar los efectos directos y colaterales de la pena. Posteriormente, someter este proyecto de Ley,

3. Visi贸n del Objeto de Estudio: AN脕LISIS DE LA LEY # 61

Basado en la experiencia del Foro, considero que el objeto de este proyecto de Ley va m谩s que all谩 de una discusi贸n pol铆tica, es un asunto tan relevante que afecta la familia, la sociedad, la salud y la situaci贸n legal del ni帽o o adolescente y sus padres, por lo tanto, no admite improvisaci贸n ni incompetencia por parte de quienes participen en su concreci贸n.

4. Conclusi贸n

Seg煤n datos de la Contralor铆a General de la Rep煤blica, se refleja que por lo menos el 75% de los ni帽os que nacen anualmente en Panam谩 “lo hace fuera de una uni贸n estable”. Una de cada cinco embarazadas es una adolescente; el 70% de los padres de esas criaturas es mayor de 20 a帽os de edad.

Estos datos puede ser indicadores de una necesidad social y de salud actual, sin embargo, este proyecto de Ley debe prever todas las situaciones que hoy existen en cuanto a la relaci贸n padre – hijo o las nuevas familias, a fin de procurar una efectiva educaci贸n sexual y afectiva de los ni帽os y j贸venes, basada en valores y respeto a la dignidad de la persona, donde los padres de familia sean protagonistas de la formaci贸n de sus hijos en una correcta y sana sexualidad. Los padres tienen el derecho y el deber inalienable de educar a sus hijos y quienes colaboren en esta tarea, deben hacerlo siempre bajo su direcci贸n.
 
 
 

Revoluci贸n Paradigm谩tica: Populismo vs Rep煤blica




Revoluci贸n Paradigm谩tica: Populismo vs Rep煤blica
“EL DESMANTELAMIENTO DEL POPULISMO A TRAV脡S DE LA TECNOLOG脥A”

Del  17 al 19 de septiembre de 2014, se llev贸  a cabo el Primer Parlamento Iberoamericano de la Juventud, el cual reuni贸 a representantes de 18 pa铆ses iberoamericanos, en la sede de la Diputaci贸n Provincial de Zaragoza y las Cortes de Arag贸n.

Al encuentro, asistieron parlamentarios o ediles de menos de 35 a帽os, que debat铆an sobre asuntos como libertades fundamentales y Derechos Humanos, integraci贸n en la regi贸n, fomento de la participaci贸n pol铆tica y ayudas al emprendimiento, entre otros. 

La mayor parte de las sesiones estuvieron presididas por el Catedr谩tico de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho y primer presidente de las Cortes de Arag贸n, Antonio Embid.

En total, se celebraron seis (6) paneles, titulados:

1. Somos Iberoam茅rica: a 23 a帽os del inicio de las cumbres iberoamericanas

2. Fomento de la participaci贸n pol铆tica juvenil',

3. La Defensa de la Democracia y de los Derechos Humanos, compromiso firme de todos',

4. Seguridad Jur铆dica y erradicaci贸n de la Violencia: nuevos modelos de desarrollo',

5. La Universidad en Iberoam茅rica

6. La Integraci贸n Iberoamericana en el siglo XXI

En esta cumbre de l铆deres juveniles, intervino la joven profesional Gloria 脕lvarez (Guatemala), quien dio un discurso expresando su punto de vista acerca de la situaci贸n pol铆tica que afrontan diferentes pa铆ses latinoamericanos.  脕lvarez, quien es una reconocida pensadora y adem谩s directora de proyectos del Movimiento C铆vico Nacional (MCN), se centr贸 en el desmantelamiento del populismo a trav茅s de la tecnolog铆a.

Comparto este  enlace que les permitir谩 ver “al final” un video del discurso referido:


Buscar en YouTube. Com / RED IBEROAMERICA LIDER / Gloria 脕lvarez - Guatemala


Lo que llama la atenci贸n de ese discurso, es que la educaci贸n junto con el uso de la tecnolog铆a son las herramientas que nos proporciona la era del conocimiento, para desmantelar el populismo, que conllevan  la ignorancia y la pobreza. 

La tecnolog铆a facilita el acceso a la informaci贸n, al conocimiento, sin embargo, es necesario educar a quien la recibe.  Una poblaci贸n que no tiene educaci贸n, no va exigir a sus pol铆ticos un debate, participaci贸n, discusi贸n, expresi贸n de ideas con argumentos de raz贸n y l贸gica, y por lo tanto, puede ser manipulada f谩cilmente a trav茅s de las pasiones.